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title: "El Gobierno Nacional habilitó el registro de autocultivo de cannabis con fines medicinales"
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date_published: "2021-03-13T08:12:00-03:00"
date_modified: "2021-03-13T08:36:19-03:00"
tags:
  - "Autocultivo"
  - "Cannabis medicinal"
  - "Gobierno Nacional"
  - "Ministerio de Salud"
author_name: "Redacción"
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# El Gobierno Nacional habilitó el registro de autocultivo de cannabis con fines medicinales

![Cannabis medicinal](/download/multimedia.miniatura.888376ef584ed665.43616e6e61626973206d65646963696e616c5f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)

*Es requisito “excluyente” contar con indicación médica.*

Este viernes el **Gobierno Nacional** reglamentó el funcionamiento del **Sistema de Registro del Programa de Cannabis** (Reprocann), mediante el cual quienes consuman cannabis medicinal, o terceros autorizados, podrán inscribirse para cultivar legalmente.

Según la resolución 800/2021 del **Ministerio de Salud**, el Reprocann “registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”.

Para solicitar esta inscripción, que puede realizarse en [https://reprocann.salud.gob.ar](https://reprocann.salud.gob.ar), es requisito “excluyente” contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

La resolución establece también que los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: [www.argentina.gob.ar.](http://www.argentina.gob.ar.)

En cuanto a cantidad de plantas, se autoriza entre 1 y 9 de hasta seis metros cuadrados en interior (no está permitido el cultivo exterior) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.

“La actualización de tales límites máximos estará a cargo del **Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis**, sus derivados y **Tratamientos No Convencionales**”, expresa la resolución.

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