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title: "La Justicia confirmó el sobreseimiento de los exjugadores de Vélez denunciados por abuso sexual"
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date_published: "2026-06-10T13:00:00-03:00"
date_modified: "2026-06-10T13:00:23-03:00"
author_name: "Redacción"
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# La Justicia confirmó el sobreseimiento de los exjugadores de Vélez denunciados por abuso sexual

![Los cuatro jugadores de Vélez fueron denunciados por abuso sexual. (Foto: José Inesta/TN)](https://tn.com.ar/resizer/v2/los-cuatro-jugadores-de-velez-fueron-denunciados-por-abuso-sexual-foto-jose-inestatn-KB43DGQ3XBA7RPHWCLJZU7JNKQ.jpg?auth=522832b8adccd1be9aa325af9a2cf5a690ad2170057cc11cb574dbf99d610f0b&width=767)

Los cuatro jugadores de Vélez fueron denunciados por abuso sexual. (Foto: José Inesta/TN)

El **Tribunal de Impugnación Penal del Centro Judicial Capital de Tucumán** confirmó el sobreseimiento de los exjugadores de [**Vélez Sarsfield**](https://tn.com.ar/tags/velez-sarsfield/) en la causa por[**abuso sexual**](https://tn.com.ar/policiales/2026/05/08/la-justicia-tucumana-reabrio-la-causa-por-abuso-sexual-de-los-exjugadores-de-velez-y-revisara-el-fallo/)**agravado**.

Se trata de **Carlos Sebastián Sosa Silva, Braian Ezequiel Cufré, Abiel Alesio Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla**, que habían sido denunciados por una mujer tucumana en 2024.

La resolución, firmada por la jueza **Patricia del Valle Carugatti**, cerró la investigación a más de dos años del episodio ocurrido en un hotel de **San Miguel de Tucumán** y rechazó los pedidos de la parte acusadora para reabrir la causa o excluir pruebas obtenidas de peritajes a teléfonos celulares.

De esta manera, **el tribunal avaló el fallo original dictado el 30 de diciembre de 2025 por el juez Augusto José Paz Almonacid**.

Ahora la denunciante puede recurrir ante la Corte Suprema de Tucumán y, en caso de no prosperar, la causa podría llegar hasta el máximo tribunal a nivel nacional.

## Los fundamentos del fallo: “El hecho existió, pero no constituye delito”

En el documento judicial al que accedió **TN**, el tribunal sostuvo que, si bien se probó la existencia de un encuentro sexual, también quedó acreditado que **hubo consentimiento de la denunciante** al momento de los hechos. Para llegar a esa conclusión, se analizaron pruebas digitales, testimonios y pericias psicológicas.

“**El hecho existió, pero no constituye delito** porque fue un **acto sexual consentido** que no vulnera el bien jurídico protegido por la ley penal”, argumentó el tribunal, justificando así la desvinculación definitiva de todos los acusados.

![Ilustración de ubicación de indicio identificado como “B” (acolchado que fue encontrado sobre la mesa de habitación). (Foto: Fuentes judiciales)](https://tn.com.ar/resizer/v2/ilustracion-de-ubicacion-de-indicio-identificado-como-b-acolchado-que-fue-encontrado-sobre-la-mesa-de-habitacion-foto-fuentes-judiciales-IA6KP7DT3BFP7FFZ7MD2J3CY2E.jpg?auth=5704ace62bb1e05bd2d0626ca714ccd564fbb77fd0cf7a6c2c27fdedf7fba41f&width=767)

*Ilustración de ubicación de indicio identificado como “B” (acolchado que fue encontrado sobre la mesa de habitación). (Foto: Fuentes judiciales)*

Entre los elementos centrales que valoró la Justicia estuvieron **mensajes y audios recuperados de los celulares** de la denunciante y sus amigas, enviados antes, durante y después del encuentro.

Se destacó el envío de un **emoji de un ratón entregando un corazón** al principal acusado minutos después de la situación investigada, y un audio de la joven a su círculo íntimo donde decía haber “pasado excelente”, “chocha, contenta, satisfecha” y que había encontrado “la adrenalina que necesitaba”.

También se analizaron **registros fílmicos del hotel**, donde la joven fue vista retirándose de “manera tranquila”, y la **pericia psicológica oficial** que estableció que “la joven resignificó el hecho con posterioridad, pero inicialmente fue consentido”.

Según el fallo, “la prueba biológica de sangre y material genético recolectada en la investigación es compatible con un encuentro sexual consentido, y carece de indicadores de fuerza o violencia”. Los análisis médicos no constataron lesiones compatibles con abuso.

## Los planteos de la querella y la respuesta del tribunal

La defensa de la joven denunciante reclamó desde el inicio que existieron **irregularidades en la producción y uso de pruebas**, especialmente en la pericia informática realizada sobre los celulares de dos testigos por el **Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF)**.

La querella exigía la nulidad de ese informe y la exclusión de toda prueba derivada, argumentando que vulneraba derechos a la privacidad y el debido proceso.

Además, señalaron que la evidencia digital se utilizó para iniciar una causa penal paralela por falso testimonio contra personas allegadas a la víctima.

Sin embargo, el tribunal rechazó todos estos planteos y ratificó la decisión de desvincular a los cuatro eximputados, al considerar que el hecho investigado no tuvo carácter delictivo de acuerdo a la prueba reunida./[TN](https://tn.com.ar/policiales/2026/06/10/la-justicia-confirmo-el-sobreseimiento-de-los-exjugadores-de-velez-denunciados-por-abuso-sexual/)

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