General Por: Redacción01/10/2021

Desde hoy deja de ser obligatorio el uso del barbijo al aire libre

Campaña concientización sobre el uso del barbijo en Tucumán.

El Gobierno nacional emitió este jueves un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde hoy y hasta el 31 de diciembre próximo.

De acuerdo a lo consignado en el DNU 678, "sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas".

Asimismo, para reducir la circulación del coronavirus, continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.

"Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece el DNU, y en "ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso' o 'contacto estrecho' de COVID-19".

La resolución permite además la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con "ciertas condiciones", como la "autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia" y el "test de antígeno negativo", entre otras.

Además, los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales con la finalidad de contener los contagios por coronavirus.

Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

"Sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores y las trabajadoras a los que comprende el artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, es decir, personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos", indicó el texto del DNU.

También se establece la "presencialidad en el trabajo para los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la administración pública nacional".

Las provincias y la Ciudad Autónoma, en tanto, "deberán realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias".

A partir del 1° de noviembre se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro, y que se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del Decreto N° 260/20.

Por otro lado, desde hoy se levanta la obligatoriedad del uso de barbijo al aire libre cuando no haya aglomeración de personas. Esta flexibilización no rige para ambientes cerrados ni en situaciones en las cuales exista concurrencia masiva de personas. Los especialistas recomiendan que solamente no se lo utilice al aire libre y si estamos solos o con nuestra burbuja familiar.

En cuanto a las reuniones sociales, se permitirán sin límites de personas, pero manteniendo las medidas de prevención y siguiendo los protocolos recomendados. Además, pierden vigencia las restricciones horarias.

La realización de fiestas, en tanto, queda habilitada para personas que acrediten esquema completo de vacunación 14 días previos al evento. También para ciudadanos con una dosis, más la presentación de un test diagnóstico negativo 48 horas antes de la reunión.

Finalmente, en eventos masivos se habilita el aforo del 50% con el cumplimiento de un protocolo específico.

Las nuevas medidas habían sido adelantadas por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, durante una conferencia de prensa que ofrecieron el martes de la semana pasada en la Casa de Gobierno, cuando anunciaron que finalizarán una serie de restricciones establecidas por la pandemia de coronavirus, fundamentalmente por la mejora de la situación sanitaria y el avance del plan de vacunación en el país.

Con información de Télam.