General Por: Redacción 09/10/2020

Estas son las medidas que deberán tomar los municipios

Información Pública

Las autoridades de los Municipios y Comunas Rurales de la Provincia deberán tomar las medidas necesarias para restringir la circulación interjurisdiccional y deberán incluir:

 Limitar en un 50% la cantidad de accesos a la jurisdicción

Controles en los accesos habilitados

Restricción del ingreso en el horario comprendido entre horas 18 y 23.30 de lunes a viernes, y entre horas 15 y 23.30 los fines de semana y feriados, para aquellas personas que no cuenten con su correspondiente Permiso Único de Circulación Interjurisdiccional.

Utilización de un Permiso Único de Circulación Interjurisdiccional.

La limitación no alcanzará a la circulación que sea estricta consecuencia del traslado hacia y desde el lugar donde deban realizarse actividades autorizadas, ni a circulación de trabajadores esenciales en los términos del DNU XXX/20, o a los casos de emergencias médicas y humanitarias debidamente justificadas.


Las autoridades de las distintas jurisdicciones deberán disponer a los infractores las sanciones que dentro de sus respectivas competencias estimen necesarias y proporcionadas.

En este sentido, el secretario de Seguridad explicó que “los controles que se van a implementar desde la Jefatura de Policía con la colaboración de todos los municipios y comunas  se realizarán en las rutas y en cada uno de los ingresos, en pos de poder restringir la circulación interjurisdiccional”.


Horario de Cementerios:


-De 7 a 19 horas podrán retornar a su horario


-Cada municipio puede establecer un cambio en caso de considerarlo necesario