El Comité Operativo de Emergencia de Tucumán (COE), en virtud de lo expuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nacional N° 494/21 y el instrumento legal 11/1 del gobierno provincial, estableció -mediante resolución N° 108- diversas modificaciones ante la actual situación epidemiológica, sanitaria y avance de la vacunación en la provincia con relación a la covid-19.
1-Reuniones sociales y familiares: Reuniones sociales en domicilios particulares de mas de diez (10) personas. Si el domicilio contara con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta veinte(20) personas.
2-Comercio en general, profesiones liberales y servicios varios: El horario será de 10 a 19. Deberán garantizar el cumplimiento de las reglas de conducta general: distanciamiento, uso de barbijo O tapabocas, higienizaci6n de manos, ventilaci6n cruzada constante, sin perjuicio de lo estipulado en los protocolos específicos.
3-Locales gastronómicos: Horario de atención de servicios en mesas de 7 a 4. Ocupación: hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados con ventilación cruzada constante. Hasta 4 personas por mesa (salvo burbuja familiar), distancia de 2 metros entre mesas contiguas, uso de barbijo en todo momento, salvo para ingerir bebidas y alimentos, tonto en espacios cerrados como en abiertos.
3-Salones de fiesta, discotecas y salones de baile: Solo en modalidad bar, bajo estricto cumplimiento las pautas establecidas en el inciso anterior (locales gastronómicos)). Podrán funcionar hasta las 4, con ocupación de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados, hasta un máximo de 300 personas.
4-Ferias: Solo podrán funcionar las ferias locales ya cielo abierto.
5-Gimnasios, centro de entretenimientos y afines: Únicamente podrán permanecer abiertos para entrenamiento individual, sin clases grupales. Horario de 7 a 00.
6-elebraciones de culto: Sólo en espacios cerrados hasta el 50% de la capacidad.
7-Turismo: hotelería y prestaciones turísticas registradas: En estricto cumplimiento, los protocolos aprobados por la Resoluci6n C.O.E. N°63/2020, los pasajeros deberán completar la declaraci6n jurada de Turismo, descargándola de la página del Ente Tucumán Turismo www.tucumanturismo.gob.ar
8-Salas de juegos al azar: Exclusivamente modalidad electrónica.
Fuente: La Gaceta de Tucumán y RESOLUCION COE N 108.pdf