Desde el SEOC (Sindicato de Empleados y Obreros de Comercio) informaron que se trasladará la fecha del descanso correspondiente a los trabajadores del sector por el Día del Empleado de Comercio.
"De acuerdo con lo establecido por la Ley 26.541, que designa el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, junto con las Cámaras Empresarias de Comercio, han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la celebración al lunes 30 de septiembre de este año, para que los trabajadores reciban el reconocimiento correspondiente según la ley mencionada", aseguraron en el escrito.
En cuanto a las remuneraciones, se debe cumplir con las normas legales vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541. Se estableció que el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no podrá ser considerado como franco compensatorio de descanso semanal.
Como resultado, este jueves 26 la atención será normal de 9 a 13 y de 17 a 21, mientras que el lunes 30 el comercio permanecerá cerrado.