Rentas de la Provincia Extiende Hasta el 31 de Marzo el Régimen de Regularización de Deudas

La Dirección General de Rentas (DGR) oficializó la prórroga de su plan de pagos, ofreciendo importantes bonificaciones para que los contribuyentes se pongan al día con sus impuestos provinciales, multas e intereses.
05/03/2026RedacciónRedacción
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La Dirección General de Rentas de la Provincia (DGR) anunció la extensión del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales hasta el próximo 31 de marzo. Esta medida busca facilitar a los contribuyentes la cancelación de deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre de 2025 correspondientes a Impuestos Provinciales, incluyendo intereses, recargos y multas asociadas.Beneficios Clave del Régimen

El plan ofrece un esquema de importantes bonificaciones sobre los intereses devengados, así como reducciones en los honorarios de cobro judicial:

  • Intereses anteriores a 2022: Bonificación del 100% de los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2021.
  • Intereses a partir de 2022: Se aplican las siguientes bonificaciones sobre los intereses devengados a partir del 1° de enero de 2022:
    • 50% por pago de contado.
    • 40% para planes de pago que se cancelen hasta diciembre de 2026.
    • 30% para planes de pago que se cancelen después de diciembre de 2026.
  • Deudas en Cobro Judicial: Reducción del 50% en los honorarios profesionales de los representantes de la Autoridad de Aplicación. En el caso de multas por incumplimiento a deberes formales, la reducción será hasta el importe de la multa con beneficios. Los honorarios pueden ser abonados hasta en 12 cuotas.

Requisitos y Pasos para la Adhesión

Para acceder a los beneficios del plan, los contribuyentes deben cumplir con las siguientes condiciones, que se encuentran flexibilizadas durante este mes:

  1. Pagos al día: Deben tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencieron a partir del 1 de enero de 2026 y hasta las que vencen en el mes de marzo inclusive (tres cuotas o anticipos).
    • "Por ejemplo, en los impuestos patrimoniales, inmobiliario y automotores, los contribuyentes deben tener abonadas las cuotas de enero, febrero y marzo", detalló la contadora Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente.
  2. Modalidad de Pago: Las cuotas requeridas (enero, febrero y marzo) pueden abonarse a través de los botones de pago disponibles en la web de la DGR, utilizando tarjeta de débito y/o crédito de cualquier entidad bancaria.
  3. Vencimiento de la Primera Cuota: Para los planes solicitados durante marzo, la primera cuota vencerá el 15 de abril de 2026.
  4. Adhesión Online: La solicitud de adhesión al régimen se realiza de forma íntegra a través de la página web del Organismo: www.rentastucuman.gob.ar.

Sin Gestores ni Intermediarios

La DGR reitera que todos los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios. Ante casos registrados de gestores que ofrecen realizar trámites, Delordi remarcó: "No se necesita ningún intermediario, todos los trámites de la dirección de renta son íntegramente gratuitos y tenemos el personal capacitado para poder asistirlos."

Para quienes necesiten asistencia, pueden concurrir al organismo en el horario de 8.15 a 13.15 horas, o solicitar asesoramiento personal o telefónico para utilizar los servicios de la página web, ya sea para adherirse al plan de pago o para la presentación de otras declaraciones juradas como el Impuesto de Sellos.

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