Sociedad Por: Redacción13/03/2021

El Gobierno Nacional habilitó el registro de autocultivo de cannabis con fines medicinales

Es requisito “excluyente” contar con indicación médica.

Este viernes el Gobierno Nacional reglamentó el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), mediante el cual quienes consuman cannabis medicinal, o terceros autorizados, podrán inscribirse para cultivar legalmente.

Según la resolución 800/2021 del Ministerio de Salud, el Reprocann “registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”.

Para solicitar esta inscripción, que puede realizarse en https://reprocann.salud.gob.ar, es requisito “excluyente” contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

La resolución establece también que los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: www.argentina.gob.ar.

En cuanto a cantidad de plantas, se autoriza entre 1 y 9 de hasta seis metros cuadrados en interior (no está permitido el cultivo exterior) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.

“La actualización de tales límites máximos estará a cargo del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y Tratamientos No Convencionales”, expresa la resolución.

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