Tucumán Por: José Inesta 27/08/2021

Nuevas medidas dispuestas por el COE al 27 de agosto de 2021

Resolución COE

El Comité Operativo de Emergencia de Tucumán (COE), en virtud de lo expuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nacional N° 494/21 y el instrumento legal 11/1 del gobierno provincial, estableció -mediante resolución N° 108- diversas modificaciones ante la actual situación epidemiológica, sanitaria y avance de la vacunación en la provincia con relación a la covid-19.

1-Reuniones sociales y familiares: Reuniones sociales en domicilios particulares de mas de diez (10) personas. Si el domicilio contara con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta veinte(20) personas.

2-Comercio en general, profesiones liberales y servicios varios: El horario será de 10 a 19.  Deberán garantizar el cumplimiento de las reglas de conducta general: distanciamiento, uso de barbijo O tapabocas, higienizaci6n de manos, ventilaci6n cruzada constante, sin perjuicio de lo  estipulado en los protocolos específicos.

3-Locales gastronómicos: Horario de atención de servicios en mesas de 7 a 4. Ocupación: hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados con ventilación cruzada constante. Hasta 4 personas por mesa (salvo burbuja familiar), distancia de 2 metros entre mesas contiguas, uso de barbijo en todo momento, salvo para ingerir bebidas y alimentos, tonto en espacios cerrados como en abiertos.

3-Salones de fiesta, discotecas y salones de baile: Solo en modalidad bar, bajo estricto cumplimiento las pautas establecidas en el inciso anterior (locales gastronómicos)). Podrán funcionar hasta las 4, con ocupación de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados, hasta un máximo de 300 personas.

4-Ferias: Solo podrán funcionar las ferias locales ya cielo abierto.

5-Gimnasios, centro de entretenimientos y afines: Únicamente podrán permanecer abiertos para entrenamiento individual, sin clases grupales. Horario de 7 a 00.

6-elebraciones de culto: Sólo en espacios cerrados hasta el 50% de la capacidad.

7-Turismo: hotelería y prestaciones turísticas registradas: En estricto cumplimiento, los protocolos aprobados por la Resoluci6n C.O.E. N°63/2020, los pasajeros deberán completar la  declaraci6n jurada de Turismo, descargándola de la página del Ente Tucumán Turismo www.tucumanturismo.gob.ar

8-Salas de juegos al azar: Exclusivamente modalidad electrónica.

Fuente: La Gaceta de Tucumán y RESOLUCION COE N 108.pdf