Confirman el procesamiento de tres personas por contrabando de hojas de coca
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó el procesamiento que dictó el juez Poviña contra dos hombres y una mujer, por el delito de encubrimiento de contrabando. Evadían los controles camineros y transportaban la mercadería en una camioneta desde Rosario de la Frontera hacia Tucumán por un valor de más de $120.000.
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de Marcelino Guerra y Enzo Alberto Villalba, en calidad de autores, y de Silvia Margarita Palacio (madre de Villalba), en carácter de partícipe necesario, por el delito de encubrimiento de contrabando previsto y penado por el artículo 874 de la Ley 22.415.
La medida que confirmó la Cámara había sido tomada por el juez Federal de Tucumán Nº2, Fernando Poviña.“Entendemos que se encuentran reunidos los elementos de convicción, …para justificar el dictado de los procesamientos de los imputados “, concluyeron los camaristas Ernesto Wayar, Ricardo Sanjuan y Marina Cossio de Mercau en el fallo que firmaron el 17 de noviembre pasado y al que tuvo acceso periódicomóvil.com
La decisión de la Cámara marca un precedente para los casos en que se transporta en forma encubierta cantidades importantes de hoja de coca, eludiendo los controles aduaneros, al considerar este accionar un delito vinculado al contrabando.
El hecho ocurrió el 12 de noviembre de 2014, cuando Guerra, acompañado de Villalba, conducía una camioneta Volkswagen Amarok (de propiedad de la madre del joven), transportando un cargamento de hojas de coca. Alertado por el destacamento “El Tala”, de la provincia de Salta, de que ambos venían evadiendo los controles camineros, personal de Gendarmería Nacional logró interceptarlos en la localidad de “La Rinconada”, departamento Burruyacú.
Allí le secuestraron hojas de coca que se encontraban en 29 bultos, con un peso total de 678 kilogramos y un valor de $123.020, cifra que –especifica el fallo de Poviña- supera la condición objetiva de punibilidad de acuerdo al artículo 947 del Código Aduanero.
Meses después, precisamente el 26 de mayo de 2015, Guerra declaró en el Juzgado de Poviña y luego fue imputado por “el hecho de haber presuntamente omitido, impedido o dificultado, mediante ardid o engaño, el adecuado ejercicio que las leyes le acuerdan al servicio aduanero para el control de las importaciones y exportaciones”.
Luego declararon Villalba y su madre, quienes tuvieron varias contradicciones en sus testimonios pero dejaron a la luz varios elementos que llevaron al juez a determinar el procesamiento de los tres involucrados.
En su fallo firmado el 8 de septiembre del año pasado, el juez Poviña concluyó que Villalba fue quien organizó la operación de compraventa de hojas de coca que tenía como destino comercial la zona de El Bajo, en la capital tucumana. En tanto, Guerra, quien conducía la camioneta que luego fue secuestrada, “intervino activamente durante la faz ejecutiva del delito de contrabando al oficiar de chofer durante el traslado de la mercadería encubierta”.
En el caso de Silvia Palacio, Poviña determinó que tuvo una participación necesaria al ser propietaria de dicha camioneta. El juez también dispuso un embargo de $50.000 por cada uno de los procesados.
Según fuentes judiciales, en Argentina no se produce ni cosecha hojas de coca, por lo que todo lo que ingresa a través del norte del país es una infracción aduanera o contrabando.
En el marco de esta causa, ahora se espera que los procesados se sometan a un juicio oral y público por contrabando mientras que la condena puede llegar a los 8 años de prisión.