

El Ministerio de Transporte dispuso que se mantendrá la suspensión de viajes que tengan como origen o destino a Gran Bretaña y recomienda a los mayores de 60 años "diferir sus vuelos al exterior" como prevención ante la suba de casos de coronavirus. La decisión administrativa fue publicada en el Boletín Oficial.
La resolución, que entró en vigencia este sábado y se extenderá hasta el 31 de enero inclusive, señala que: "se recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales".
"La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la República Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas".
Del mismo modo, la normativa establece que "La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la República Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con Covid-19".
En ese sentido, la iniciativa señala "la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero Covid en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento, y de denunciar los lugares en donde estuvo los últimos catorce (14) días previos al reingreso al país, entre otros".
Además, la cartera de Transporte, a través de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) podrá "ampliar la nómina de países" comprendidos en esta suspensión, "previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".
También fija que la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, será el organismo encargado de determinar y habilitar "los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes".
Finalmente, la resolución contempla que esos requisitos se corresponderán con "el egreso de las personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción".









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