

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la condena a tres años de prisión en suspenso contra el exdiputado nacional y actual legislador provincial José Fernando Orellana, en el marco de una causa por abuso sexual simple. El fallo, que queda firme tras el rechazo del recurso de queja presentado por su defensa, se relaciona con un hecho ocurrido en 2016 en el despacho parlamentario del acusado.
El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo de la defensa al considerar que no cumplía con los requisitos técnicos exigidos. De esta manera, se consolidó la sentencia dictada en 2022 por el juez Federico Salvá, que no solo impuso la pena de prisión en suspenso, sino también una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El episodio que dio origen al proceso judicial tuvo lugar el 11 de noviembre de 2016, cuando una secretaria de la Cámara de Diputados acudió al despacho de Orellana para comunicarle que había personas esperando para verlo. Según la denuncia, el legislador habría aprovechado ese momento para realizar avances de carácter sexual no consentidos, incluyendo frases intimidantes, contacto físico indebido y gestos de connotación sexual, como besar a la denunciante en la oreja sin su consentimiento.
La víctima formalizó la denuncia tiempo después, aunque inicialmente el expediente fue archivado por falta de mérito en 2018. Sin embargo, esa decisión fue revertida más adelante, lo que habilitó el procesamiento de Orellana y su posterior enjuiciamiento.
Durante el juicio oral, el fiscal Sandro Abraldes respaldó el relato de la denunciante, al que calificó como “coherente, persistente y verosímil”. Se sumaron a la acusación imágenes de cámaras de seguridad, además de un informe del DOVIC (Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas) que describía el impacto psicológico del hecho. El Ministerio Público también remarcó que el acusado se valió de su posición de poder para perpetrar el abuso, agravando su responsabilidad penal.
La querella había solicitado una pena mayor, de cuatro años de prisión, dada la gravedad del caso. Por su parte, Orellana negó todas las acusaciones, alegando ser víctima de una maniobra política en su contra.
Además de la pena impuesta, el fallo estableció restricciones de contacto con la víctima y ordenó la extracción del perfil genético del condenado para su incorporación al Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento con la Ley N°26.879.
El caso ha generado repercusión por exponer los desafíos que enfrenta el sistema judicial argentino en causas vinculadas a violencia sexual, particularmente cuando involucran a figuras del ámbito político. También pone en debate la necesidad de fortalecer los mecanismos de protección y acompañamiento a las víctimas en contextos de desigualdad de poder.





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