A través de la Decisión Administrativa 1995/2020, el Gobierno nacional habilitó el retorno de las actividades presenciales en universidades e institutos, cumpliendo un protocolo que garantice el cuidado de los trabajadores y estudiantes ante la pandemia de Covid19. La resolución, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Gines González García, fue publicada en el Boletín Oficial.
Entre las pautas de cuidado establecidas se encuentran "la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19".
Con respecto a los desplazamientos de las personas: "deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas por la presente", indica la disposición.
La medida señala que los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "decidirán la efectiva reanudación, pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria".
El personal directivo, docente y no docente y los estudiantes que asistan a las actividades académicas presenciales "quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto".
No obstante, se recomienda que el transporte público solo sea utilizado cuando no se cuente con un medio alternativo.
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